CONSIDERACIONES SOBRE EL ACUERDO SATSAID- CAPIT PARA PRODUCCIONES DE FICCIÓN OTT
7 de mayo de 2025
7 de mayo de 2025
Tal como es sabido, ASA, dentro de Federación de Asociaciones, ha participado hace varios años de la redacción del documento de Funciones y Categorías Sugeridas junto al SATSAID publicado en 2021. Se trata de un documento que tenía por objetivo actualizar las funciones y roles definidos en el acuerdo por el que hasta ese momento se regían las producciones televisivas (634/11) que no contemplaba producciones como las OTT.
Para ver el documento y lo votado en la Asamblea Extraordinaria de ASA de 2021 siga este link:
https://www.asasonidistas.org/funciones-ott
En febrero de este año tuvo lugar una reunión en SAT. Fue solicitada a la CD del Sindicato por parte de la Federación por un rumor extendido entre trabajadores de producciones de OTTs de la implementación de un acuerdo entre la cámara CAPIT y el SAT. La CD del Sindicato confirmó ese rumor. La percepción general entre los presentes (las diferentes asociaciones técnicas y profesionales y representantes de distintas ramas) es que el nuevo Acuerdo no respeta lo resuelto previamente en el documento de Funciones para OTT en lo que tiene que ver con categorías salariales y funciones. Sobre todo generó un fuerte descontento el haber sido resuelto unilateralmente por el SAT sin haber sido comunicado a la Federación.
Es por eso que desde ASA ponemos a disposición socixs y no socixs el documento de Funciones para OTT original, y a continuación el Acuerdo firmado entre SAT y CAPIT.
Documento: ACUERDO SAT-CAPIT 2025
Creemos que además de acercar los documentos para que cada quien pueda tener una mirada en profundidad y sacar sus propias conclusiones, desde ASA también podemos ayudar a marcar ciertos puntos que consideramos vitales del anterior documento y que en este convenio resultan problemáticos. De manera tal que a continuación tienen un punteo de las consideraciones sobre el acuerdo por parte de la CD ASA.
Esperamos que sirva para ayudar a clarificar el debate y simplificar algunas dudas recurrentes.
Proponemos que socios y socias compartan con sonidistas que no sean parte de ASA este punteo para que todxs lxs trabajadorxs de la rama sonido formen parte de las acciones a realizar a futuro para mejorar las condiciones de este convenio.
CONSIDERACIONES SOBRE EL ACUERDO SATSAID- CAPIT PARA PRODUCCIONES DE FICCIÓN OTT POR PARTE DE ASA
En primer lugar no queremos dejar de señalar la impugnación general del presente acuerdo celebrado entre SATSAID y CAPIT por haberse hecho de espaldas al conjunto de lxs trabajadores eventuales que desempeñamos todas las tareas incluídas en el “acuerdo”.
En las consideraciones generales señalamos:
· Art 2: qué parámetros se tomarán cuando no se cumpla que el “objeto principal sea la distribución internacional”? Este acuerdo que de por sí consideramos regresivo, será aún más cuando la producción sea destinada exclusivamente al consumo local?
· Art 4.2.3 en post producción no corresponde el plus multiplataforma. Es un deterioro sustantivo del salario. Debería estar incluído el plus para roles de pre y post producción
· Art 8.4.2 La Comisión Directiva de SAT (CD SAT) había señalado enfáticamente durante reuniones de elaboración del documento sobre Funciones para OTTs, que la jornada no podría superar las 12hs por perforar el límite legal establecido en la LCT
· Art 8.4.3 incluye aquí la posibilidad de no gozar de descanso para quienes trabajen en la producción aún habiendo excedido las 13hs
·Art 11 el descanso de 48hs perfora lo acordado de 60hs
·Art 12 los francos compensatorios no pueden ser postergados. La salud de lxs trabajadores no se puede negociar. Este artículo (como otros) está redactado exclusivamente desde la óptica de conveniencia de CAPIT
· Art 16 la notificación de las productoras a SAT debe incluir a quienes trabajan en pre y post producción
· Art 17 por qué la decisión final de la aparición en los créditos finales de quienes trabajamos en una producción queda en manos de la productora?
·Art 20.3 deja abierta la posibilidad de la multifunción. Tienen que estar presentes todos los roles necesarios para una producción. La empresa debe estar obligada a cumplir con esta nómina de trabajadores
ANEXO A
“ Art 1 y 2 valores terriblemente desactualizados
ANEXO B
Sonidista de directo: Cat 2. Desciende una categoría de lo acordado en el documento Funciones para OTTs siendo que se trata de la persona responsable del sonido en la instancia de rodaje. Es una discusión ya vieja que ya fue debatida y consensuada. Es decir, se trata de una cabeza de equipo. Al mismo tiempo, en comparación en el convenio hay varias cabezas de área en CAT1 + 10% cosa que no ocurre en ningún rol del área de Sonido. Esto retrotrae otro acuerdo entre asociaciones técnicas en las cuales todas las cabezas de área iban a estar homologadas entre sí, es decir, tener el mismo rango salarial.
Se suma, además, la inquietante aclaración “de la seguridad del equipamiento y del resguardo del mismo”. Qué implicancias legales/laborales tendría un robo del equipo de sonido? No puede quedar quien desempeñe esta labor como responsable. Eso es y siempre fue responsabilidad de la productora.
Microfonista: Cat 3. Desciende una categoría de lo acordado en el documento Funciones para OTTs. Se ha eliminado por completo al “asistente de sonido directo” (rol aparte de microfonista) y tampoco especifica la cantidad mínima de microfonistas para este tipo de producciones.
Supervisor de sonido: Aquí nuevamente se suma la inquietante aclaración “Será el/la responsable del cuidado y seguridad del material y los elementos técnicos que manipule y/o envíe.” Nuevamente cuáles son las implicancias legales /laborales de esta incorporación al texto
Desaparecieron los siguientes 7 roles de postproducción de sonido:
Sólo existe en post producción el rol de Supervisorx de Sonido y Mezcladorx. El resto ya no está más en el texto.
· COORDINADOR/A DE EDICIÓN DE SONIDO
· ARTISTA DE FOLEY
· EDITOR/A DE DIÁLOGOS Y SONIDO DIRECTO
· EDITOR/A DE AMBIENTES Y EFECTOS
· GRABADOR/A EDITOR/A DE FOLEY
· GRABADOR/A EDITOR/A DE DOBLAJES
· ASISTENTE DE EDICIÓN DE SONIDO
ANEXO C
Llamamos la atención sobre el importantísimo retraso salarial que implican estas escalas, máxime considerando que somos trabajadores eventuales, y que lo expresado no puede ser considerado un salario mensual. De todas maneras el básico para la categoría 1 está por detrás de lo que indica el INDEC como valor para la canasta familiar. (fuente https://www.ambito.com/economia/inflacion-una-familia-necesitara-mas-2-millones-marzo-cubrir-la-canasta-servicios-n611870)