La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por un mínimo de 5 (cinco) y un máximo de 12 (doce) miembros, que desempeñarán los siguientes cargos: Presidente, Secretario, Tesorero y 2 (dos) Vocales. Pudiendo también nombrarse los siguientes cargos: Vicepresidente, Prosecretario, Protesorero y más Vocales Titulares y Suplentes. El mandato de los mismos durará 2 (dos) años. Habrá un Órgano de Fiscalización que podrá tener de 1 (uno) a 3 (tres) miembros titulares, con el cargo de Revisores de Cuentas, y un miembro suplente. Sus mandatos durarán 2 (dos) años. En todos los casos, los mandatos son únicamente revocables por la Asamblea. Lxs miembrxs de los órganos sociales podrán ser reelegidos en el cargo hasta 2 (dos) oportunidades consecutivas.
Para integrar los órganos sociales, se requiere ser socix activx, con una antigüedad de 2 (dos) años ininterrumpidos en tal carácter, ser mayor de edad y encontrarse al día con tesorería.
Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva:
a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda, con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre.
b) Ejercer la administración de la Asociación.
c) Convocar a las Asambleas.
d) Resolver la admisión de los que solicitan ingresar como socixs.
e) Cesantear o sancionar a los asociados.
f) Nombrar el personal necesario para el cumplimiento de la finalidad social, fijarles sueldo, determinarle las obligaciones, sancionarlos y despedirlos.
g) Presentar a la Asamblea General Ordinaria, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos, e Informe del Órgano de Fiscalización.
h) Dictar las reglamentaciones internas necesarias para el cumplimiento de las finalidades, las que deberán ser aprobadas por la Asamblea.
El Órgano de Fiscalización tendrá las siguientes atribuciones y deberes, cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezca la regularidad de la administración social:
a) Controlar permanentemente los libros y documentación contable, respaldatoria de los asientos volcados, fiscalizando la administración, comprobando el estado de la caja y la existencia de los fondos, títulos y valores.
b) Asistir a las sesiones de la Comisión Directiva cuando lo estime conveniente, con voz y sin voto, no computándose su asistencia a los efectos del quórum.
c) Verificar el cumplimiento de las leyes, estatutos y reglamentos, en especial en lo referente a los derechos de los socios y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales.
d) Anualmente, dictaminará sobre la Memoria, Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos, presentados por la Comisión Directiva a la Asamblea Ordinaria al cierre del ejercicio.
e) Convocar a Asamblea Ordinaria cuando omitiere hacerlo la Comisión Directiva, previa intimación fehaciente a la misma por el término de 15 días.
f) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamenten su pedido en conocimiento de la Inspección General de Justicia, cuando se negare a acceder a ello la Comisión Directiva.
g) Convocar, dando cuenta al organismo de control, a Asamblea Extraordinaria, cuando ésta fuera solicitada infructuosamente a la Comisión Directiva por los asociados.
h) Vigilar las operaciones de liquidación de la Asociación.